Justicia
La defensa de Juana Rivas presenta la petición de indulto

El equipo jurídico fundamenta la solicitud de indulto al Gobierno español en la “situación de maltrato” padecida por Juana y en el “bien superior de sus hijos”. Alegan que en Italia hay un procedimiento penal en curso contra el exmarido de Rivas por maltrato a los menores.
Juana Rivas Juzgado de Granada
Juana Rivas en el juzgado de Granada

La sentencia dictada la semana pasada por el Tribunal Supremo, que condenaba a Juana Rivas a dos años y medio de cárcel, a seis años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad y al pago de una indemnización de 12.000 euros al padre de sus hijos, agotaba los procedimientos judiciales por la vía ordinaria de este caso, y parecía dar un punto y final a un caso judicial difícil y polémico, que reabrió el debate social sobre la idoneidad de las medidas, protocolos y procedimientos legales sobre violencia de género y protección de menores en la legislación española.

Juana Rivas ha sido condenada por un delito de sustracción de menores. El 26 de julio de 2017, Rivas se ocultó con ellos, después de negarse a devolverlos a Italia, tal y como dictó un juzgado de Granada tras el inicial requerimiento y posterior denuncia del padre por la desaparición de los menores. Juana entregó a los dos niños un mes después, el 28 de agosto de 2017, en la Comandancia de la Guardia Civil de Granada. El Juzgado de lo Penal nº 1 condenó a Juana en julio de 2018 a cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores y le retiró la patria potestad durante seis años, condena que fue luego confirmada por la Audiencia Provincial de Granada. Este lunes 26 de abril, el Tribunal Supremo y la Fiscalía del Alto Tribunal consideraron que lo que se lesiona en este delito es la paz en las relaciones familiares y el derecho de custodia del progenitor con quien el hijo o los hijos conviven, independientemente del número de menores sustraídos. Por tanto, estimaron que Juana cometió un solo delito en lugar de dos, así que redujeron la condena de cinco años a dos y medio.

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Justicia El Supremo confirma la condena a Juana Rivas por sustracción pero reduce la pena de cinco a dos años
La sentencia establece que el progenitor custodio puede ser sujeto activo del delito. La Audiencia Provincial de Granada y el Juzgado de lo Penal Número 1 consideraron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño.

La preocupación sobre la legislación en materia de violencia de género y su aplicación ha sido y es generada por diferentes casos. Muchos son desconocidos por la opinión pública pero algunos han logrado saltar a la palestra de la actualidad mediática como el de Sara B.B., en Extremadura, una mujer que denunció a su expareja por malos tratos y lleva dos años sin poder ver o comunicarse con sus hijas aunque no existe una orden de alejamiento ni prohibición de comunicación. Las irregularidades en este proceso judicial han llegado a tal extremo que la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial ha expedientado a dos de las juezas que participaron en su caso por aplicar lo que han calificado como métodos “medievales” y el Tribunal Constitucional valora si admite un recurso de amparo por ‘tortura’ hacia ella. Otro caso es el de María Salmerón, condenada por desobediencia al incumplir la custodia compartida de su hija con el padre —un maltratador condenado a un año y nueve meses de cárcel y alejamiento—,  indultada tres veces y a la espera de su cuarta petición de indulto.

Petición de indulto y amparo al Tribunal Constitucional

Carlos Aránguez y Juan de Dios Ramírez, los abogados de Juana, han estado trabajando en las dos vías que pueden lograr la suspensión de la ejecución de la sentencia. Por un lado, han preparado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional y esta misma mañana han presentado en la Subdelegación de Gobierno de Granada una petición para que el Gobierno español haga uso de su potestad para indultar la pena. El indulto es una medida de gracia que supone la remisión total o parcial de las condenas por sentencia firme. La concesión compete al Rey a propuesta del ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros, y su acuerdo se plasma en Real Decreto.

La solicitud del caso de Juana Rivas se fundamenta, según sus abogados, en varias cuestiones y en que “concurren todos los requisitos establecidos por la ley para que le sea concedido”: no tiene antecedentes penales; tiene una excelente red de apoyo familiar y social; concurre una voluntad de reparación, han recogido en una campaña de crowdfunding los 12.000€ requeridos que van a consignar judicialmente a su exmarido; y encuentran que la razón por la que cometió el delito es comprensible, “pudo estar equivocada en su actuación pero lo hizo motivada por el móvil altruista de proteger a sus hijos”.

Para el equipo jurídico, Juana Rivas ha demostrado posteriormente la voluntad de no reincidir y hasta ahora ha respetado el régimen de visitas de fines de semana y sus respectivos periodos vacacionales, centrándose únicamente en la utilización de la vía jurídica para seguir demostrando lo que mantiene desde un principio, que ella y sus hijos son víctimas de violencia de género.

“La condena española puede perjudicar, y mucho, el caso de los hijos de Juana en Italia. Juana Rivas es una persona víctima de maltrato, igual que sus hijos, y la legislación de su país tenía que haberle amparado”, asegura Juan de Dios Ramírez

Interés superior de los menores

Los abogados de Juana motivan la petición de indulto en los dos procedimientos judiciales abiertos ahora mismo en Italia. Por una parte informan de un procedimiento penal de investigación criminal por maltrato del padre a los menores, basado en informes clínicos emitidos por especialistas del Servicio de Salud de Granada que iniciaron el protocolo SIMIO, activado en casos de acoso, abuso y maltrato a menores. Este procedimiento, según los juristas, comenzó en 2019, después de que el equipo jurídico de Rivas pusiera los hechos en conocimiento de la Fiscalía italiana, que consideró que había indicios de delito, formalizó la denuncia e inició el proceso de investigación. Por otro lado, apuntan, hay un procedimiento de familia que todavía no ha terminado, en el que la unidad familiar está siendo valorada para proceder con la guardia y custodia de los menores, donde se están considerando los elementos de maltrato del procedimiento penal. “La condena española puede perjudicar, y mucho, el caso de los hijos de Juana en Italia. Juana Rivas es una persona víctima de maltrato, igual que sus hijos, y la legislación de su país tenía que haberle amparado”, asegura Juan de Dios Ramírez.

El equipo jurídico de Juana Rivas también ha interpuesto una denuncia en el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW): “Hemos alegado el incumplimiento de las legislaciones a nivel nacional e internacional en materia de prevención y protección de mujeres y menores víctimas de maltrato, como el Convenio de Estambul”.

El CEDAW condenó a España en 2014, la primera ocasión en que un organismo internacional fallaba contra nuestro país por un caso de violencia de género, por no proteger a una mujer víctima de violencia de género y a su hija, de siete años, a la que el maltratador asesinó en 2003 en una de las visitas establecidas en el régimen de separación. Su dictamen vinculante obligó a la Administración española a indemnizar “de manera proporcional” a Ángela González y dictó que el Estado español “actuó de manera negligente: no las protegió ni a ella ni a su hija y tampoco la indemnizaron por el daño irreparable sufrido”. En el caso de Juana Rivas, los denunciantes no persiguen una indemnización económica, sino el amparo de Naciones Unidas para Juana, para que sus hijos puedan volver con su madre a España mientras todos los casos judiciales en Italia siguen su curso. “Sería estupendo que le concedieran antes el indulto. En 30 años de profesión, no he visto un caso donde esté más merecido”, asegura el letrado Carlos Aránguez.

“En 30 años de profesión, no he visto un caso donde esté más merecido”, asegura el letrado Carlos Aránguez

La campaña ‘Juana Rivas no se rinde’

Además del proceso jurídico, durante toda esta semana se ha puesto en marcha una campaña promovida por la Plataforma ‘25 de Noviembre, 8 de Marzo de Granada’, la Asociación Ilicitana contra la Violencia de Género y las Asociaciones ‘Alma’ y ‘Amar’, recabando apoyos para el indulto de Juana Rivas, “para que pueda subsanarse esta situación injusta, y pueda definitivamente restablecerse su proyecto de vida y repararse, en la medida de lo posible, el terrible sufrimiento que vienen padeciendo”, como manifiestan en un comunicado. La campaña ha recogido por el momento más de 356.000 firmas a nivel individual y sigue abierta. Por otro lado, la Plataforma contra la Violencia de Género en Granada ha recabado en paralelo apoyos de organizaciones y asociaciones que se han adjuntado a la petición de indulto al Gobierno español realizada por el equipo jurídico de Juana Rivas. Se han contabilizado hasta 140 organizaciones de toda España entre las que se encuentran: Federación AA. Consejo Nacional de Mujeres Resilientes de la Violencia de Género, Plataforma Andaluza de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres, Federación Comarcal de AA.MM. Montes Orientales de Granada, Asamblea Feminista Unitaria, Federación Provincial de Málaga AGORA, FORUM FEMINISTA de Madrid, Asociación Mujeres Supervivientes de Violencias de Género, Asociación La Sur-Feminicidios.net, Consejo de las Mujeres de Madrid, A. Mujeres Feministas Huelva, PETRA Maternidades Feministas, Asociación de Mujeres de Guatemala, Asociación NOSOTRAS. Trabajadoras de Hogar y de Cuidados de Granada, La Poderío, Comunicadoras Granada, Asociación Solidaria Andaluza de Desarrollo (ASAD), Asoc. Clara Campoamor Vitoria-Gasteiz, Plataforma Feminista de Alicante, Izquierda Unida-LV-CA. Area provincial de la Mujer de Granada, Partido Comunista de España, Izquierda Unida Córdoba, Izquierda Unida Cádiz, Vamos Granada MPA o Más País Andalucía.

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#91187
28/5/2021 22:45

Esta señora a cometido un delito. Si el caso fuese igual y su exmarido hubiera secuestrado a sus hijos, ni se hubiera ni planteado el indulto y encima no creo que solo le cayeran 2 años de cárcel.Está claro que las leyes van siempre a favor de la mujer.Seguramente que la conceden el indulto pero por si mi fuera cumpliría la condena en la trena.

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