El tribunal declara nulo el ERE de Tubacex y obliga a la empresa a readmitir a todos los trabajadores

Toda la plantilla de Tubacex (unas 750 personas) llevan 146 días en huelga desde que se planteó el ERE para 129 compañeros.
Tubacex 210602  - 3
Gessamí Forner Alrededor de 2.000 personas recorrieron Llodio en el mediodía de ayer reclamando un futuro para la comarca de Aiaraldea.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, presidida por la jueza Garbiñe Biurrun, ha fallado que declara nulo el despido colectivo y condena a la empresa a readmitir a los trabajadores afectados en las mismas condiciones en que desempeñaban, “así como el abono de los salarios dejados de percibir desde la extinción de los contratos”. Se trata de la sentencia de la planta de Llodio. Otra sala del mismo tribunal ha fallado en los mismos términos para la planta de Amurrio, aunque con un voto particular.

Toda la plantilla de Tubacex (unas 750 personas) llevan 146 días en huelga indefinida desde que el 11 de febrero se planteó el ERE para 129 trabajadores. “Estamos eufóricos”, resume Sergio Zaballa ante la lectura de ambas sentencias. No obstante, se muestra cauto y advierte de que no van a parar la huelga indefinida “hasta que la empresa readmita a todos los compañeros en sus puestos de trabajo, porque no es lo mismo estar dado de alta que trabajar”.

En ese sentido, el sindicato LAB destaca en su comunicado de prensa que “exigimos a la empresa que cumpla con las sentencia y readmita con carácter inmediato a toda la plantilla despedida. A la vez, le exigimos que acepte la decisión del TSJPV desistiendo de cualquier recurso, para que se pueda cerrar este conflicto de la mejor manera posible y realmente se pueda hablar, sin amenazas, de cómo abordar esta fase coyuntural derivada del covid entre todos y todas”. La empresa dispone de cinco días para interponer un recurso de casación, y a primera hora de la tarde ya ha anunciado que recurrirá ambas sentencias ante el Tribunal Supremo, según ha informado Diario de Noticias de Álava.

“Entendemos que dentro de la dinámica de la empresa, puede ser que recurran. Esta es una victoria, un pasito más, pero la guerra sigue”, destaca Zaballa. Recientemente, la empresa ITP Aero recibió una sentencia en el mismo sentido, y se negó a readmitir a la plantilla despedida. 

La sentencia califica de nulo el despido colectivo dado que la propia empresa lo justificó por motivos coyunturales (la pandemia), aunque dicho ERE suponía un cambio estructural en Tubacex 

Los trabajadores decidieron rechazar unánimente el ERE al entender que la empresa aprovechaba una situación circunstancial —la pandemia— para modificar estructuralmente las dos plantas de Tubacex en Araba, y así ha quedado acreditado por ambas sentencias. Los sindicatos ELA, LAB, CC OO y Stat demandaron a la empresa.

El fallo de la planta de Llodio indica como hechos probados que el grupo Tubacex obtuvo resultados de explotación positivos en 2019, así como beneficios entre 2017 y 2019. No fue así en 2020, pero añade que “existe una tendencia hacia la recuperación de la demanda de petróleo y la empresa dispone de varios contratos a largo plazo. Las cuentas”, y da cuenta de diversas circunstancias —contratos— que apoyan la recuperación de la empresa tras el azote de la pandemia. Asimismo, insiste en que las “previsiones relacionadas con el covid-19 han sido erróneas, puesto que se ha contratado y se ha producido más de lo previsto” y que “no concurre ni causa productiva ni proporcionalidad en la decisión empresarial” para ejecutar un despido colectivo.

El fallo se muestra contundente en la motivación de la empresa con la que propuso el despedido colectivo que ha calificado de nulo: “Constituye un paralogismo descomunal defender que el ERE no está conectado con el covid-19, cuando en la misma fecha la empresa inició un ERTE causado directamente por la pandemia originada por este virus. Es patente que ambas iniciativas empresariales, coetáneas además, responden a una misma causa: covid-19”. “Más aún”, prosigue el auto, “la propia empresa ha puesto de manifiesto la incidencia del covid-19 en sus previsiones económicas, tanto en la memoria como en el informe técnico explicativo del ERE. Incluso en las cartas de despido individual se menciona expresamente el covid-19 como el factor determinante de los resultados de la empresa en el año 2020”.

Sentencia de la planta de Amurrio

La sala que compone la sentencia para la planta de Amurrio es la misma que falló contra el despido colectivo de ITP Aero. Como ocurrió entonces, que el ERE fue declarado nulo por la mayoría de la sala —y así ha ocurrido también con Tubacex—, la magistrada Maite Alejandro Aranzamendi ha vuelto a emitir un voto particular. En su opinión, la sala debería haber emitido un fallo de “despido colectivo no ajustado a derecho”, que implica la no readmisión de los trabajadores. La jueza considera que los motivos económicos no han sido acreditados, pero que el “debate sobre la estructuralidad de las causas o su carácter coyuntural puede presentar relevancia en el contexto de la legislación excepcional covid”, que es la que ampara la nulidad del ERE.

Laboral
El TSJPV declara nulo el despido de ITP y obliga a la empresa a readmitir a los 90 trabajadores
La empresa argumentaba una crisis estructural en el sector aeronáutico, pero se amparaba en la situación coyuntural de la epidemia para practicar un despido colectivo. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco lo ha declarado nulo al razonar que el marco jurídico establecido en la pandemia es el que debe predominar en los ERE actuales.
País Vasco
Tubacex amenaza a una comarca en pie de guerra
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