Justicia
Claves sobre la reforma del Código Civil que facilita la suspensión de visitas a progenitores investigados por malos tratos

El viernes 3 de septiembre entró en vigor la reforma que establece como norma la suspensión de visitas a aquellos progenitores sospechosos de atentar contra el otro cónyuge o los hijos. La normativa anterior ya establece herramientas para que los jueces puedan limitar las visitas en casos de violencia de género, pero la estadística señala de forma contundente la reticencia de los jueces a usarlas. ¿Qué cambia con esta reforma?

“No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos”.

Así queda la redacción del artículo 94 del Código Penal tras la reforma publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de junio y que entró en vigor el 3 de septiembre. El cambio se tramitó en el Senado junto a la Ley que capacita jurídicamente a las personas con discapacidad y ha dado lugar a titulares como que “los padres acusados de maltrato no podrán visitar a sus hijos”. Pero ni el texto se refiere exclusivamente a los padres ni bastará una denuncia para que un juzgado tome esa decisión. 

Progenitores, y no solo padres

“Lo que viene a decir esta reforma es que si hay cualquier tipo de procedimiento penal de uno de los progenitores contra el otro —no habla de hombre ni de mujer— se suspenden la visitas para evitar que el progenitor que ha atentado contra el otro también lo haga contra el menor”, explica Isaac Guijarro, director jurídico de Olympe Abogados.

La fórmula “progenitor” indica que la suspensión se aplica tanto si es violencia de género como doméstica, así como otros supuestos que puedan dar lugar a una investigación penal. Ahora bien, subraya, “la realidad es la que es” y la estadística indica que la violencia de mujeres contra hombres no se produce con la misma frecuencia que la violencia de hombres hacia mujeres, por lo que Guijarro entiende que muchos de los casos en los que será de aplicación el artículo serán casos de violencia de género. 

Además, tampoco basta con la denuncia ya que el texto utiliza la fórmula “incurso en un proceso penal”. Esto significa que hay que presentar una denuncia y esta tiene que ser valorada por un juez, quien determinará si hay elementos de criminalidad. “Esa denuncia tendrá un parte de lesiones, tendrá testigos, tendrá la prueba suficiente para que un juez decida iniciar un procedimiento penal… Para que se abra un procedimiento penal tienen que existir elementos suficientes que hagan que el juez inicie diligencia o abra ese procedimiento”, explica Guijarro.

Porque, mientras que en un proceso civil es habitual que se admita la demanda si se cumplen una serie de requisitos formales, en un proceso penal tiene que haber prueba. “Además de presentar pruebas de los hechos que estás denunciando, tienes que fundamentar que esos hechos son constitutivos de un delito”. Es más, algunas denuncias ni siquiera llegan a ser valoradas por un juez, ya que desde la reforma de 2015 algunas denuncias pueden directamente archivadas por la Policía. 

Lara Esteve, jueza e integrante de la Asociación Mujeres Juezas (AMJE), hace notar que el artículo completo, establece tres supuestos. El primero, el de progenitores incursos en un proceso penal al que se refiere Guijarro. El segundo supuesto sería el de casos en los que no existe una causa penal pero donde el juez o jueza tiene indicios de que pueda existir violencia de género, donde la norma general será que no haya visitas excepto resolución motivada, un apunte “redundante, ya que todas las resoluciones judiciales lo son". El tercer supuesto hace referencia a progenitores en prisión: “No procederá en ningún caso el establecimiento de un régimen de visitas respecto del progenitor en situación de prisión, provisional o por sentencia firme, acordada en procedimiento penal por los delitos previstos en el párrafo anterior”.

La nueva redacción del artículo 94 del Código Civil tendrá un impacto directo en casos de violencia de género en pareja, pero más que un cambio con perspectiva de género es un cambio con perspectiva de infancia, en opinión de Lara Esteve (AMJE)

La reforma, argumenta Esteve, tendrá un impacto directo en casos de violencia de género en pareja, pero no se trata de una reforma pensada específicamente para mujeres víctimas de esta violencia, ni para padres y madres, sino que se hace desde una perspectiva de infancia. “El objetivo de la reforma no es proteger a los padres y madres sino a los niños y a las niñas frente a situaciones de abusos cometidos en el seno de la familia, ya sea hacia ellos o hacia el padre o madre en un ambiente que les va a repercutir”. Se trata, dice Esteve, de considerar a los niños y niñas como sujetos de derecho propio. 

En ese sentido, la reforma se alinea con los artículos 65 y 66 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, sobre medidas de suspensión de la patria potestad o la custodia y sobre visitas respectivamente. Sobre visitas, el artículo 66 establece que, de no acordarse la suspensión “el juez deberá pronunciarse en todo caso sobre la forma en que se ejercerá el régimen de estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género respecto de los menores” y “adoptará las medidas necesarias para garantizar la seguridad, integridad y recuperación de los menores y de la mujer”, para lo que realizará un seguimiento periódico de su evolución. 

El papel de los jueces

La reforma da a los jueces y juezas una nueva herramienta, ya que establece que la norma es la suspensión de las visitas. Pero para Altamira Gonzalo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, no se trata de una herramienta que pueda provocar cambios significativos. “Desde el año 2004, la Ley Integral ya prevé que en situaciones de violencia de género los jueces puedan suspender las visitas de los maltratadores con los hijos; no solo eso sino que desde 2015 la Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia insiste en esta posibilidad sin que hagan uso de ella", asegura. 

El Consejo General de Poder Judicial refleja en su informe anual de 2020 que solo en un 3,01% de los casos los jueces suspendieron las visitas como medida cautelar o derivada de una orden de protección. La suspensión de la potestad fue una medida que se tomó en el 0,72% de los casos. Y la estadística no varía mucho entre los años 2005 y 2020, advierte Gonzalo. Además, tampoco conoce ninguna resolución judicial en la que existiendo se acuerden visitas con un seguimiento de la evolución para los menores de esas visitas, tal y como fija el artículo 66 de la Ley Integral. 

Altamira Gonzalo (Themis) se apoya en la estadística del Poder Judicial para afirmar que “los jueces son renuentes a suspender las visitas”, por lo que dejar la decisión final en manos del juez como ocurre con esta reforma puede vaciar de contenido la norma de suspender lasvisitas

“Lo que podemos concluir es que los jueces son renuentes a suspender las visitas”, advierte. “Además, para obligarlos a tener visitas cuando no quieren, se ha creado el Síndrome de Alienación Parental y ahora mismo se está utilizando la coordinación de parentalidad para restituir la relación entre hijos y maltratadores”, lamenta. En su opinión, “abrir esa espita a que el juez pueda acordar visitas es dejar sin contenido la prohibición anterior”.

La valoración de Esteve, en cambio, es positiva y, pese a estos datos, cree que la nueva redacción es más clara y sí es será útil para jueces y juezas, porque ahora “la regla general es que no se van a adoptar visitas y, si se adoptan, debe determinarse el control que se va a ejercer”.

Sobre la responsabilidad del juez, advierte de que va en el cargo y que las resoluciones de los jueces son siempre motivadas y apoyadas en las pruebas que se practican. 

La presunción de inocencia

Una de las cuestiones que ha suscitado polémica es la de si esta reforma supone una vulneración de la presunción de inocencia. Para Isaac Guijarro, en ningún caso es así. “Defendemos que no existe en ingún caso ua violación al derecho fundamental de la presunción de inocencia porque no basta solo con presentar una denuncia”, insiste. 

“Para que se abra un procedimiento penal tienen que existir elementos suficientes que hagan que el juez inicie diligencia o abra ese procedimiento; esa denuncia tendrá un parte de lesiones, tendrá testigos, tendrá la prueba suficiente para que un juez decida iniciar un procedimiento penal”, explica.

Además, recuerda Guijarro, la redacción es prácticamente calcada a la que ya existe en el artículo 92.7, este referido a la custodia, en vigor desde 2005: “No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género”.

Violencia machista
Violencia machista Madres protectoras, denunciar el abuso y cambiar el relato
Mujeres que se han visto encerradas en laberintos judiciales tras denunciar los abusos sexuales expresados por sus hijos se organizan para decir basta y alertar del maltrato institucional y la violencia vicaria que sufren. Su lucha no es solo contra unas instituciones que ni escuchan ni investigan, sino también contra un relato que las criminaliza.

¿Un avance feminista?

Sobre si es o no un avance con respecto a la normativa anterior, Guijarro responde afirmativamente: “Al final el derecho tiene que ir de la mano con el aspecto psicosocial, la normativa tiene que ir adaptándose a los tiempos y todo esto lo que hace es adaptarse al Convenio de Estambul, que fue aceptado por el Consejo Europeo, en el que se dice que se deben tomar medidas eficaces para poder defender los intereses de los menores, a quienes el maltratador ve como un instrumento”, dice.

“Esta norma lo que hace es entender cómo funciona la violencia en general, y las estadísticas y los informes y macroestudios nos dicen que hay peligro de que la violencia que un maltratador ejerce sobre una mujer también puede ser ejercida sobre los menores”, dice en referencia a la llamada violencia vicaria. "El movimiento feminista y los juristas feministas han pedido tener en cuenta esta realidad y adaptar la norma a esa realidad, porque no podemos esperar a que el padre haga daño a los menores, hace falta una medida rápida y eficaz”.

Para Altamira Gonzalo, la redacción se queda a medio camino y hubiera deseado una fórmula que diera más seguridad: “Admito que puede haber situaciones de excepción, que no en todas las situaciones justifican una suspensión de las visitas, pero se podría haber hecho un numerus clausus de situaciones en las que el juez puede no acordar las visitas, o podría añadirse el requisito de tener un informe favorable del fiscal o del gabinete psicológico... En fin hacerlo depender de algún factor que dé seguridad jurídica”.

Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra na túa conta.

Relacionadas

Ecologistas en Acción
Ecologistas en Acción Claves, reacciones y preguntas sobre la denuncia por agresión sexual contra Santiago Martín Barajas
Histórico militante y uno de los fundadores de Ecologistas en Acción, Santiago Martín Barajas está siendo investigado por una denuncia de agresión sexual. La organización ecofeminista ha expresado su “consternación” y ha abierto un protocolo interno.
Extrema derecha
Joaquim Bosch “Si tenemos menos Estado social, tendremos más Estado Penal”
La deriva autoritaria mundial ha ido creciendo en los últimos años hasta llegar a las puertas de democracias liberales consolidadas como España. El jurista progresista Joaquim Bosch analiza este fenómeno y propone soluciones en su último libro.
Comunidad de Madrid
Justicia El Supremo investiga al Fiscal General por salir a desmontar al equipo de Díaz Ayuso
La sala segunda del alto tribunal investigará por un presunto delito de revelación de secretos a Álvaro García Ortiz. El fiscal dice que no dimitirá y seguirá defendiendo que su notificación sobre la pareja de Ayuso no aportaba información relevante.
Opinión
Opinión Non sempre ter moitas luces é sinónimo de intelixencia
Que impacto ecolóxico e social produce a iluminación do Nadal de Vigo? A cidade sofre máis aló da masificación, o caos de tráfico, as molestias á veciñanza, o malgasto ou os recortes en orzamentos de emerxencia social.
València
Exclusiva El Gobierno de València contrata 12,9 millones en obras de la dana a una constructora investigada por pagos al cuñado de Barberá
La Generalitat Valenciana ha hecho el encargo a Ocide, una empresa cuya matriz está siendo investigada en el caso Azud por pagos “de naturaleza ilícita” al abogado José María Corbín a cambio de contratos adjudicados por el Ayuntamiento de València.

Últimas

Palabras contra el Abismo
Palabras contra el Abismo Lee un capítulo de ‘Café Abismo’, la primera novela de Sarah Babiker
El barrio es el espacio físico y social en los que transcurre ‘Café Abismo’, la primera novela de la responsable de Migraciones y Antirracismo de El Salto, Sarah Babiker.
Memoria histórica
Memoria histórica Museo del franquismo, ¿eso dónde está?
España sigue ajena a la proliferación mundial de espacios museísticos dedicados a dictaduras y resistencias democráticas.
Unión Europea
Unión Europea La ultraderecha europea, ante la victoria de Trump
El triunfo de Donald Trump da alas a todas las formaciones ultraderechistas de Europa y del resto del mundo, que han visto cómo el millonario republicano ha conseguido volver a ganar las elecciones sin moderar un ápice su discurso.
Tribuna
Tribuna Vivienda: es hora de organizarnos
La situación de crisis inmobiliaria nos exige leer el momento para acertar en las batallas que debemos dar ahora, reflexionar sobre los modos de acción colectiva y lograr articular una respuesta política amplia.
Más noticias
Pontevedra
Ecoloxismo Unha investigación revela alta contaminación por nitratos en augas superficiais da comarca do Deza
Os resultados da análise de Ecoloxistas en Acción, con máis de 80 puntos de mostraxe, reflicten concentracións xeneralizadas e moi altas de NO3. Só o 19% das augas superficiais analizadas están “fóra de toda sospeita”.
Racismo
Racismo institucional Diallo Sissoko, una víctima más del sistema de acogida a migrantes
La muerte de este ciudadano maliense durante su encierro en el Centro de Acogida, Emergencia y Derivación (CAED) de Alcalá de Henares ha puesto de manifiesto algunas de las deficiencias del sistema de acogida a migrantes en el estado español.
Comunidad de Madrid
Violencias machistas Huelga en la red de atención a la violencia de género de la Comunidad y Ayuntamiento de Madrid el próximo 25N
Las trabajadoras de ambas redes se unen para reivindicar mejoras laborales y de atención a las mujeres víctimas en un paro de 24 horas. “Te sientes impotentes porque no puedes ayudar como deberías”, explican.
Turismo
Opinión Abolir el turismo
VV.AA.
Lleguemos a donde lleguemos, no puede ser que sea más fácil imaginar el fin del capitalismo que el fin del turismo.
Opinión
Opinión La eclosión del autoritarismo reaccionario y otras nueve tesis sobre la victoria de Trump
La victoria del candidato republicano nos ha demostrado que estamos en una nueva era: la del neoliberalismo autoritario, en donde el camino del mal menor propuesto por los Demócratas ha sido la fórmula más rápida para llegar al mal mayor.

Recomendadas

Galego
Dereitos lingüísticos Miles de persoas desbordan a praza da Quintana para mudar o rumbo da lingua galega
A Plataforma Queremos Galego, que convocou esta mobilización, sinala unha nova data para outro acto protesta: o vindeiro 23 de febreiro na praza do Obradoiro, en Santiago de Compostela.
València
Dana y vivienda “La crisis de vivienda multiplicada por mil”: la dana evidencia el fracaso de las políticas del PP en València
La dana ha dejado a miles de familias sin hogar. Ante la inacción de las instituciones, han sido las redes familiares las que han asumido el peso de la ayuda. La Generalitat, tras décadas de mala gestión, solo ha podido ofrecer 314 pisos públicos.
Redes sociales
Redes sociales Bluesky, la red social donde se libra la batalla por el futuro de internet
Ni es descentralizada ni está fuera de la influencia de los ‘criptobros’ que han aupado a Trump a la Casa Blanca, pero ofrece funcionalidades útiles para recuperar el interés por participar en redes sociales.